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Derechos y Alivio de Renta durante COVID-19

Esta información sobre COVID-19 solo aplica para inquilinos de San Francisco. Si vives fuera de SF, debes comunicarte con Inquilinos Juntos (Tenants Together): 888-495-8020.

Si eres un inquilino de SF y tienes preguntas de esta guía o sobre sus derechos como inquilino, por favor comuniquese nuestra línea principal de consejería: 415-703-8644 (Lunes-Jueves, 1-5pm)

ESTAS ENFRENTANDO UNA AMENAZA DE DESALOJO? Conozcan sus Protecciones Locales!

Las protecciones de COVID de San Francisco expiran el 29 de Agosto de 2023—¡pero usted todavía tiene derechos! Aqui esta una guia de los cambios que pueden esperar hacia adelante:

Primero, debes de saber que un desalojo es un proceso legal y usted aun tiene derechos

Hay clínicas de derechos de inquilinos en toda la ciudad que le pueden ayudar, y todos los inquilinos de San Francisco que enfrenten un desalojo tienen el derecho a representación legal gratuita. Vea la última diapositiva para obtener información de quién contactar.

Para prepararse para el término de las protecciones temporarias de la pandemia en San Francisco el día 29 de agosto, los inquilinos de San Francisco que están teniendo dificultad para pagar la renta deben tomar nota de los siguientes cambios en el proceso de desalojo.→

Si usted debe renta previo al  29 de agosto:

  • Los propietarios no pueden imponer cargos por atraso del pago de renta debido al impacto de la pandemia.
  • Los inquilinos que reciban notificaciones de desalojo por no pagar la renta pueden abogar el hecho haber sufrido un impacto financiero relacionado con la pandemia, y esta puede ser una defensa en contra de una citación ilícita.
  • Una vez en la corte, los inquilinos deben de probarle a un juez que la deuda se debe al impacto de la pandemia de COVID-19, y esta es la documentación que puede proveer:
    • Estados bancarios
    • Notificación de despido de su trabajo
    • Recibos médicos
    • Aplicaciones de seguro de desempleo
    • Recibos o facturas de cuidado de niños o ancianos
    • Notificación de que su compañero de vivienda, se mudó de su unidad

Si usted debe renta después del 29 de agosto:

  • Los propietarios pueden imponer cargos por atraso de pago de renta si este es un término mencionado en su contrato de vivienda.
  • Los inquilinos no podrán usar como defensa legal en un juicio de desalojo el hecho de sufrir un impacto financiero relacionado con la pandemia.

No está sólo.

Los inquilinos que enfrentan un desalojo o sufren de hostigamiento de parte de los propietarios pueden contactar a las siguientes organizaciones o puede visitar el sitio web www.sfadc.org/help para ver la lista completa:

 

  • Housing Rights Committee of SF
  • Causa Justa :: Just Cause
  • Mission SRO Collaborative (Residentes de la Misión y Excelsior)
    • www.dscs.org
    • 415-282-6209: Oficina Principal (pregunte por la colaborativa de SRO de la Misión)
    • 415-857-7719:  Abril Toledo, Organizadora Principal de Inquilinos

Si usted o alguien que conoce recibe documentos de desalojo (documentos con palabras que digan “summons” que significa citación, “complaint” que significa denuncia, o “unlawful detainer” que significa citación ilícita), contacte a la Colaborativa de Defensa en contra del Desalojo (Eviction Defense Collaborative) lo más pronto posible:

Asistencia de Renta

Aunque el programa de Alivio de Rental Estatal ahora está cerrado, todavía puedes aplicar  para asistencia de renta del Programa de Emergencia de Alivio de Renta de SF (SFERAP) al SFERAP.com, o en comunicándose con RADCo, un programa del Eviction Defense Collaborative. El número de RADCO es 415-470-5211.

Hay 5 diferentes períodos en los que uno puede tener renta atrasada, y las reglas de cada uno son diferentes.

  1. 30 de Agosto de 2023–presente
    Si debes renta después del 29 de Agosto de 2023, los dueños volverán a imponer  recargos por pagar la renta tarde, si esto es parte del contrato o acuerdo. Los inquilinos no podrán usar como defensa legal en un juicio de desalojo el hecho de sufrir un impacto financiero relacionado con la pandemia.
  2. 1 de Julio 2022– 29 de Agosto de 2023
    Si debes renta del periodo 1 de Julio de 2022 hasta 29 de Agosto de 2023, estás protegido contra desalojos por falta de pago debida por COVID-19. Los dueños están prohibidos de imponer recargos por pagar la renta tarde. Pueden colectar la renta en la corte civil, pero no pueden desalojar por la deuda. También te ayudará tu caso en la corte, si notificás al dueño cada mes que no puedas pagar la renta, avisando al dueño de tu dificultad de pagar. (puedes ver cartas de ejemplo en Ingles & Espanol).
  3. 1 de Octubre de 2021–30 de Junio de 2022
    Si debes renta durante este periodo, el dueño puede desalojar.  Sin embargo, si aplicastes para asistencia de la renta antes del 31 de Marzo y le informastes al dueño en escrito, que te puede proveer protecciones, a no ser que te negaron su aplicación.  La Ley estatal AB 2179 te cubre, pero solamente si tienes una aplicación pendiente con el Estado.

    Si tienes deuda de 1 de Abril de 2022 y adelante, puedes aplicar para la ayuda de San Francisco ERAP, pero el dueño todavía puede colectar la renta en la corte civil. Puedes aplicar para asistencia de renta del Programa de Emergencia de Asistencia de la Renta (SF EPASER) contactando RADCo, un programa de la  Colaborativa Defensa de Desalojos . El número de RADCo es 415-470-5211. También puedes contactar Latino Task Force al (415) 532-7275 o La Raza CRC al (415) 863-0764. Para más información sobre SF ERAP, visita sf.gov/renthelp y aplique al  SFERAP.com
  4. 1 de Septiembre de 2020–30 de Septiembre de 2021
    Si debes renta en este periodo, debes antes del 30 de Septiembre de 2021 haber pagado por lo menos 25% de la renta que fue vencida durante este periodo.  También tendrías que haber mandado la declaración que fuiste impactado por la pandemia lo cual te previene de pagar la renta completa. Puedes encontrar la declaración aqui. Esto aplica especialmente si recibiste un aviso de 15-días para pagar la renta o renunciar. Estás pródigo bajo las leyes estatales AB 3088, SB 91, y AB 832 durante este periodo.
    El restante, 75% de la renta se debe para el 31 de Octubre. El dueño no puede desalojar por no pagar el 75% de renta. Podrían demandarte para colectar la cantidad en la corte de reclamos pequeños.

    ¿Qué pasaría si no pudieras pagar el 25% de la renta que debes para antes del 30 de Septiembre de 2021? Entonces el  dueño podría demandarte para desalojo en la Corte Superior. Sin embargo, si aplicas para el programa de asistencia de la renta de CA ,   eso te podría ayudar cuando tu caso llegue a la corte. Deberías de informar al dueño que aplicaste para el programa de asistencia del estado.
  5. 1 de Marzo de 2020–31 de Agosto de 2020
    Si debes renta para este periodo, no te pueden desalojar si notificaste al dueño cada mes que no pudistes pagar renta. Todavía debes renta pero el dueño debe ir a la corte a colectar la renta debida. La moratoria de desalojo local de San Francisco te protege.